Aumentó el salario mínimo, vital y móvil: en cuánto queda a partir de septiembre y cómo se actualizará mes a mes hasta abril 2027

El Gobierno fijó un nuevo esquema de actualizaciones para el salario mínimo, vital y móvil (SMVyM). A partir de septiembre de este año, el nuevo piso de ingresos será de $383.800.El Poder Ejecutivo comunicó, en el decreto publicado en el Boletín Oficial de este martes 1° de septiembre, el nuevo esquema de actualizaciones escalonadas que regirá a partir del mes corriente y se extenderá hasta abril de 2027. La decisión administrativa se tomó de manera unilateral tras la falta de consenso entre la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que depende del Ministerio de Capital Humano, y los sindicatos -CGT y las dos CTA- quienes se reunieron el pasado viernes 28 de agosto sin lograr un acuerdo.De esta forma, se fijaron los valores de salario mínimo para los trabajadores mensualizados y jornalizados bajo la órbita de la Ley de Contrato de Trabajo y la Administración Pública Nacional.El nuevo salario mínimo, vital y móvil a partir de septiembre 2026 y las próximas actualizacionesSegún lo determinado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en la resolución 4/2026 del Boletín Oficial, el Salario Mínimo, Vital y Móvil para el mes de septiembre pasa a ser de $383.800.Las siguientes actualizaciones, que se darán de manera escalonada y mensual, son: Mes/añoSalarioOctubre 2026$391.200Noviembre 2026$398.800Diciembre 2026$406.400Enero 2027$414.200Febrero 2027$422.000Marzo 2027$429.600Abril 2027$437.000El último régimen de actualizaciones había sido establecido en el mes de diciembre de 2025, con su respectivo comunicado en el Boletín Oficial bajo la resolución 9/2025. En ese entonces, el esquema registraba un ingreso básico de $334.800.A partir del último mes del año pasado hasta agosto de 2026, los aumentos se dieron de manera escalonada, siendo de $376.600 para el octavo mes del calendario. ¿Cómo impacta el SMVyM en la Prestación por Desempleo?El SMVyM es un valor de referencia para el cálculo de la Prestación por Desempleo que distribuye la Anses a quienes perdieron su trabajo formal. La normativa establece que esta prestación “será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo”.La resolución aclara que “en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”. Esto significa que el monto de la prestación se encuentra directamente ligado a las variaciones del SMVyM.

Fuente: La Nación