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Cambios en el formulario I-864 del Uscis: la norma que ya se aplica para millones de inmigrantes en EE.UU.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) comenzó a aplicar el 31 de agosto una nueva edición del formulario I-864, conocido como Declaración Jurada de Patrocinio Económico. El documento es utilizado para demostrar que un inmigrante contará con respaldo financiero y que no dependerá de beneficios públicos.Qué nuevos requisitos incorpora el formulario I-864 del UscisLa edición vigente lleva como fecha oficial 08/24/26. No existe un período de transición entre ambas versiones, por lo que el Uscis solo acepta este formulario desde el 31 de agosto.Cómo buscar y descargar el formulario más reciente de UscisLa versión anterior, identificada como 10/17/24, dejó de ser aceptada para esos trámites. De acuerdo con el sitio web del organismo, uno de los principales cambios consiste en una autorización de privacidad incluida en el nuevo formulario. Mediante su firma, el patrocinador permite que el Uscis y el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) soliciten registros a agencias de informes de consumidores. El objetivo es que las autoridades puedan consultar y comprobar datos relacionados con el historial y la puntuación crediticia para evaluar su situación financiera.Esta modificación también afecta a quienes tengan un congelamiento de crédito o de seguridad. Si las agencias no permiten el acceso a esa información, el Uscis podría no disponer de los datos necesarios para completar la verificación financiera.Por eso, el patrocinador deberá responder ante cualquier requerimiento destinado a levantar temporalmente el bloqueo. El I-864 se mantiene como un contrato con efectos legales.En términos generales, el patrocinador debe garantizar que el inmigrante alcance ingresos equivalentes a por lo menos el 125% de las guías federales de pobreza. Para quien se encuentre en servicio activo de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Costera y auspicie a su cónyuge o hijo, el requisito puede ser del 100%.Hasta cuándo permanecerá vigente el nuevo formulario I-864 del UscisLa edición 08/24/26 tiene una fecha de vencimiento establecida por la Oficina de Administración y Presupuesto para el 31 de octubre de 2027. Al preparar el formulario, el Uscis también indica la importancia de comprobar que la fecha de edición y los números de página sean visibles en todas las hojas. Las páginas pertenecientes a versiones diferentes o la falta de alguna hoja pueden provocar el rechazo de la presentación. Por último, los documentos de respaldo que estén redactados en un idioma distinto del inglés deben acompañarse de una traducción completa certificada y el intérprete debe declarar que la versión es exacta y completa e incluir sus datos, firma y fecha.Qué responsabilidad asume quien firma el formulario I-864La obligación no termina con la presentación del formulario. Si el inmigrante recibe determinados beneficios públicos sujetos a verificación de recursos, el patrocinador tendrá que devolver a la agencia correspondiente el costo de esas prestaciones.Si no lo hace, puede recibir una demanda ante un tribunal civil y ser sancionado. La responsabilidad también alcanza a un auspiciante conjunto o a un integrante del hogar que haya firmado un I-864A para aportar ingresos.El divorcio, por su parte, no elimina las obligaciones económicas derivadas del contrato. Entre los documentos que deben acompañar inicialmente al I-864 se encuentra la declaración federal de impuestos más reciente, mediante una transcripción del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) o una copia completa.En este último caso deben incluirse los W-2 y 1099 correspondientes. Si el patrocinador no estaba obligado a declarar impuestos, debe explicar por escrito la razón y aportar pruebas. También se requiere evidencia de los ingresos actuales, como recibos de sueldo de los últimos seis meses o una carta reciente del empleador. Además, el auspiciante debe acreditar su ciudadanía estadounidense, nacionalidad o residencia permanente mediante los documentos correspondientes.Cómo seguir el trámite del Uscis si el patrocinador no tiene ingresos suficientesCuando los ingresos del patrocinador no llegan al porcentaje exigido, existen diferentes mecanismos para completar el requisito financiero. Una opción es utilizar activos que puedan convertirse en efectivo en un plazo de hasta un año.En estos casos, el valor requerido generalmente debe equivaler a cinco veces la diferencia entre los ingresos disponibles y el mínimo exigido. Ese cálculo puede reducirse a tres veces la diferencia cuando se patrocina a determinados cónyuges o hijos adultos de ciudadanos estadounidenses.Otra posibilidad consiste en sumar las ganancias de integrantes del hogar. En estos casos, cada persona que aporte sus recursos debe completar un formulario I-864A y presentar la documentación que demuestre sus ingresos y, cuando corresponda, la residencia compartida y el vínculo familiar.
Fuente: La Nación